Dimensiones Básicas del Derecho: Norma, Hecho Social y Valor

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Como ya hemos expuesto anteriormente, el Derecho pretende ordenar la vida de convivencia entre los hombres, es decir, se proyecta sobre las relaciones sociales.

Pero la realidad del Derecho no se agota en su dimensión normativa. El Derecho, lejos de ser un fenómeno simple, se nos presenta siempre como una realidad compleja, de manera que algunos científicos y filósofos del Derecho hablan de pluridimensionalidad del fenómeno jurídico. En este sentido, la posición más generalizada es la llamada Teoría Tridimensional del Derecho.

Según esta teoría, un análisis en profundidad de la realidad jurídica viene a demostrar que en ella se dan tres grandes dimensiones, las cuales inevitablemente han de ser complementarias: la histórica, la normativa y la valorativa. Donde quiera que haya un fenómeno jurídico, hay siempre un hecho subyacente (económico, geográfico, demográfico,...), un valor que confiere determinada significación a ese hecho, y una norma que representa la relación que integra uno de aquellos elementos en el otro: el hecho en el valor.

Por tanto, desde este punto de vista doctrinal, el Derecho se presenta como una realidad constitutivamente tridimensional que se manifiesta y actúa al mismo tiempo como hecho, como norma y como valor.

Dimensión histórica (o fáctica)

Desde esta dimensión, el Derecho es un hecho social. Este carácter social no es algo accidental a lo jurídico, sino precisamente uno de los caracteres esenciales, de tal suerte que en la esfera de lo estrictamente individual es inútil buscar vestigio alguno de lo jurídico.

Para llevar a cabo la regulación de las relaciones sociales, es evidente que el Derecho tiene que contar con la existencia de unos hechos o realidades fácticas que constituyen el objeto de las diferentes regulaciones jurídicas (hechos económicos, políticos, religiosos, científicos, tecnológicos,...).

Dimensión normativa

Además de ser un hecho social, el Derecho se manifiesta también como norma. Es mandato, es regla de conducta obligada, a diferencia de otros muchos hechos sociales que no son normativos.

Dimensión valorativa

Todo hecho social y normativo es a la vez valioso, lo que quiere decir que el Derecho se presenta también como valor. Es portador de unos valores, especialmente el valor de justicia, que intenta proyectar sobre la realidad jurídica.

En el origen de toda norma jurídica está presente siempre un juicio de valor, de tal forma que la dimensión valorativa puede considerarse como uno de los elementos originarios del Derecho. La propia existencia del Derecho positivo apunta hacia la presencia de unos principios o valores que actúan como si estuvieran situadas más allá o por encima de ese derecho positivo.

Unidad de todas las dimensiones del Derecho

Las tres dimensiones anteriores (histórica, normativa y valorativa) han suscitado diferentes estudios sobre el Derecho, originando a su vez otros tantos saberes jurídicos. No obstante, estos elementos o factores (hecho, valor y norma) no pueden existir separados unos de otros, sino que coexisten en una unidad concreta, pues todas las dimensiones de lo jurídico actúan como elementos de un proceso, de tal modo que la vida del Derecho resulta de la interacción dinámica y dialéctica de los tres elementos que la integran.

Por tanto, las tres dimensiones integrantes de la realidad jurídica son igualmente importantes e imprescindibles para el conocimiento integral del Derecho, pues todos ellos contribuyen por igual a la configuración del mismo.

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