Dificultad de Establecer el Concepto del Derecho

Compartir:
Presencia del Derecho en la vida social y sentimiento jurídico

La vida del hombre se desarrolla en continuo contacto con el Derecho. Todas las personas conocen la existencia de elementos como el registro civil, contratos, alcaldes, ayuntamientos, jueces, leyes y reglamentos, abogados, notarios,... Para todos es obvio que esas cosas pertenecen al ámbito de lo “jurídico”.
No obstante, si preguntásemos dónde está el elemento jurídico que los distingue, seguramnte no tendríamos respuesta, porque el conocimiento de tales realidades es un conocimiento vulgar (no científico), adquirido, en la mayoría de los casos, por la experiencia personal o familiar.

Pero podemos afirmar que no sólo estamos rodeados de realidades y mensajes que nos sugieren la existencia de la realidad jurídica, sino que también, en la vida cotidiana todos realizamos constantemente actos de carácter jurídico, dejando de ser meros espectadores pasivos del Derecho para convertirnos en sujetos activos del mismo: cuando tomamos un taxi realizamos un contrato de arrendamiento de servicios, todos los días compramos o vendemos cosas,... de tal manera que con el sólo hecho de abonar el importe exigido en cada caso estamos expresando un acuerdo de voluntades.

Todo ello lo hacemos sin detenernos a pensar que todas esas actividades pertenecen al mundo del Derecho. A su vez, todas esas experiencias han ido proporcionándonos una cierta idea, aunque vaga y confusa, de lo que es el Derecho.

De esta manera, esa experiencia se manifiesta a veces como algo agradable, valioso e imprescindible para la convivencia y supervivencia de la sociedad. Pero en otras ocasiones, el Derecho se presenta como un conjunto de barreras, de restricciones, de aparatos coercitivos que se oponen a deseos, aspiraciones, antojos, afanes y anhelos de los individuos y de los grupos sociales en que se integra. Como podemos observar, por tanto, el Derecho presenta dos dimensiones o fisionomías en apariencia contradictorias.

El Derecho posee una existencia real en el universo, tiene una presencia cotidiana en nuestro entorno. Pues bien, toda realidad pertenece a una de estas cuatro regiones ontológicas:
  • región ontológica de lo anorgánico
  • región ontológica de lo vivo
  • región ontológica de lo psíquico
  • región ontológica de lo racional
El Derecho pertenece al mundo de lo racional, y por tanto de lo humano, porque sólo los seres racionales pueden realizar las conductas reguladas por el Derecho. En efecto, llamamos conducta a toda actividad producto de una elección consciente y libre. Y dado que sólo el hombre es capaz de elaborar juicios, porque sólo en él concurren las facultades de consciencia y libertad, solamente él podrá realizar conductas. De ahí que podamos afirmar que el Derecho es una realidad exclusivamente humana.

El Derecho es una realidad humana en un doble sentido:
  1. En primer lugar, porque es un producto humano, es decir, nace y se crea a través de la actividad voluntaria de los hombres.
  2. En segundo lugar, porque les afecta sólo a ellos, en cuanto que regula exclusivamente conductas humanas.
Pero además, el Derecho es algo que se produce dentro de la vida social, lo que nos lleva a poder afirmar que el Derecho consiste en relaciones humanas establecidas como modelo de comportamiento que se concretan en normas para organizar la vida social.

De todo lo anterior, podemos deducir que en el hombre existe un sentimiento jurídico, que es el sentimiento de justicia o injusticia de una acción o institución. Mediante ese sentimiento jurídico tomamos partido ante una situación conflictiva sin necesidad de una deliberación previa, porque hay algo que nos lleva a saber qué es justo y qué es injusto.


Razones de la dificultad de la definición del Derecho

Conscientes de la existencia del Derecho en la vida humana diaria, uno de los problemas fundamentales es definirlo adecuadamente.

Parece sorprendente que tanto los filósofos del Derecho, como los operadores jurídicos (legisladores, jueces, abogados), así como los destinatarios de las normas, e incluso las personas ajenas al mundo de lo jurídico, posean un concepto de Derecho adquirido por la intuición, la experiencia personal o por la profundización en el estudio del mismo, pero no se ponen de acuerdo a la hora de definirlo.

Esto sucede porque las experiencias de unos y otros son, con frecuencia, muy diferentes.

Las dificultades para llegar a la formulación de un concepto único y uniforme de Derecho son múltiples. Las más relevantes son:
  1. El lenguaje utilizado para comunicar la realidad jurídica.
  2. El contenido mismo del Derecho, es decir, su propio objeto, que se manifiesta habitualmente como una realidad pluridimensional.
  3. La validez, eficacia y justicia de las normas jurídicas.
  4. Las diferentes concepciones de los filósofos para interpretar y describir la realidad jurídica.


Compartir:

Buscar