La Búsqueda de la Norma Aplicable: La Calificación

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Las instituciones jurídicas


Planteada la necesidad de encontrar las normas reguladoras de una determinada situación, el sujeto debe indagar en el conjunto del ordenamiento hasta hallar las normas pertinentes. Para facilitar la tarea se utilizan una serie de claves que acotan el ordenamiento por conjuntos de normas. Esas claves se encuentran insertas en la sistemática del ordenamiento.
Resulta así que las normas, al menos en el Derecho privado, se encuentran agrupadas por materias. Estas materias viene dadas por la reiteración y constancia con las que ciertas situaciones se producen en la vida ordinaria.
El conjunto de normas atinentes a una situación social típica y que la regulan con afán de coherencia y totalidad componen una institución. A su vez, de las instituciones se elaboran conceptos y subconceptos que son utilizados, como instrumentos imprescindibles, para la búsqueda de las normas reguladoras de una determinada situación.

Calificación, analogía e interpretación


El aplicador del Derecho debe decidir en qué categoría de instituciones o conceptos debe integrar la situación planteada. Esa labor se conoce con el nombre de calificación.
Con frecuencia la calificación no es problemática: si el legislador ha regulado una determinada situación social típica, creando ad hoc la institución adecuada y definiéndola con los rasgos que esa situación posee en la vida real, el aplicador del Derecho no encontrará graves problemas para acotar el conjunto de normas reguladoras de esa situación. La tarea se ve facilitada porque, con frecuencia, el mismo nombre jurídico de las instituciones coincide con el nombre que se da a la situación planteada en la vida ordinaria. Así, el matrimonio es una institución jurídica y una realidad social típica bajo el mismo nombre.
Pero también con cierta frecuencia el aplicador del derecho no encuentra una institución concreta perfectamente adecuada que recoja la regulación de la situación que se plantea. Así sucede cuando el legislador no se adapta con presteza a las nuevas necesidades sociales o es insensible a la nuevas situaciones. Cuando eso sucede, el aplicador del Derecho debe buscar soluciones sobre la base de las instituciones jurídicas existentes, procediendo por similitudes y deferencia, y así, a una determinada situación nueva, se le acabarán aplicando las normas que regulen la institución más parecida y compatible con esa nueva situación. Esto se conoce con el nombre de analogía.
Lo mismo ha de hacerse cuando, aun estando recogida en el ordenamiento jurídico la institución que interesa, su regulación ha quedado anticuada o la situación que se plantea reviste particularidades que la apartan de la tipicidad que inspira la regulación de las instituciones jurídicas. Cuando en la práctica se dan notas atípicas, se hace necesaria una tarea de adaptación del tenor de las normas. Éste, junto con la averiguación del sentido de las normas, es el cometido de la interpretación, en términos generales.

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