Dado el reconocimiento de la autonomía privada, es obvio que las partes pueden introducir en el negocio previsiones complementarias (no requeridas legalmente) de las que dependa la propia eficacia del negocio celebrado.
Ello obliga a distinguir entre los que se ha dado en denominar: elementos esenciales y elementos accidentales del negocio.
Los primeros deben estar presentes en todo negocio para que, válidamente, se pueda hablar de tal. Al contrario, los elementos accidentales reciben tal denominación, precisamente para resaltar que pueden estar...
La Condición
Noción general y requisitos
No es extraño en la práctica que la celebración de un negocio quede fijada bajo determinadas condiciones que afectan directamente a la eficacia del mismo. Tales condicionamientos son perfectamente admisibles conforme al principio de autonomía privada. En tal sentido se haba de elemento accidental del negocio: estructuralmente y de forma necesaria no tiene por qué ser sometido a condición ningún negocio.
Ahora bien, una vez conformes las partes en someter el negocio a condición, ésta deja de ser un mero accidente para...
El Término o Plazo
El término es el momento temporal en que:
Comienzan o terminan los efectos de un negocio, o bien
Ha de llevarse a cabo el cumplimiento de una obligación determinada (que suele ser procedente de contrato o de cualquier otro negocio jurídico, pero que también puede tener naturaleza extracontractual, a consecuencia de la responsabilidad de actos ilícitos).
En el primer caso, el término opera como elemento accidental del negocio, afectando a su eficacia. En el segundo, presupuesta la eficacia del negocio, el término o plazo está referido sólo a su...
El Modo
Noción y ámbito
El tercero de los elementos accidentales del negocio jurídico tradicionalmente considerado por la doctrina es el modo de la categoría conceptual del negocio jurídico.
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Significado De Los Llamados Negocios Jurídicos Análogos
Es frecuente agrupar como negocios jurídicos anómalos los negocios jurídicos simulados, los negocios fiduciarios, los negocios jurídicos en fraude de ley y los negocios indirectos.
Los denominados negocios indirectos no pueden ser considerados como una categoría conceptual autónoma que haya merecido la aceptación generalizada.
Los negocios simulados son aquellos negocios fingidos o en los que se aparenta una declaración de voluntad o la celebración de un acuerdo de voluntades que realmente no son queridos por las partes. Los supuestos de simulación...
La Simulación. Concepto Y Clases; La Acción De Simulación
Simular un negocio equivale a fingir o aparentar una declaración de voluntad o la celebración de un acuerdo de voluntades que realmente no son queridos por las partes. En tal sentido, los supuestos de simulación representan, al menos en su mayoría, posiblemente la hipótesis más característica de desacuerdo o discrepancia de la voluntad negocial con la declaración correspondiente.
La voluntad real o subyacente puede consistir tanto en no celebrar negocio alguno, como en celebrar un negocio distinto al aparentemente realizado. Conforme a ello se...
El Negocio Jurídico En Fraude De Ley
En negocio en fraude de ley se caracteriza por implicar la vulneración de una norma imperativa oblicuamente. Se utiliza un determinado negocio jurídico con el propósito de conseguir un resultado que prohíbe aquella norma, buscando la cobertura y amparo de la que regula el negocio elegido y protege el resultado normal de él, que en el caso concreto satisface al interés de las partes por ser coincidente en última instancia con el vedado.
Por ejemplo, cuando para garantizar una deuda se constituye un derecho de preda, hipoteca o anticresis a favor...
Negocio Fiduciario
El negocio jurídico fiduciario se caracteriza, ante todo, por una desproporción entre el medio jurídico empleado y el fin práctico que las partes pretenden alcanzar. La nota esencial en el negocio fiduciario es que el fiduciante confía en el adquirente o fiduciario, éste obrará siempre de acuerdo con la finalidad que se ha convenido alcanzar y nunca seguirá una conducta contraria abusando de la confianza depositada en él, por lo que la propiedad no saldrá de su esfera jurídica. La confianza es la base de aquella transmisión. El fiduciante estima...
Los Negocios Indirectos
El negocio indirecto se define como un negocio jurídico al que las partes recurren en un caso concreto para alcanzar a través del mismo conscientemente fines diversos de los que son típicos de la estructura de ese negocio. El viejo negocio típico cumple así nuevas funciones y justifica sociológicamente la categoría por el principio de la inercia jurídica que tienen a servirse de los negocios tipificados en la ley cuya disciplina es segura, antes de crear, para conseguir fines distintos de los propios y específicos de aquéllos, otros negocios atípicos,...
La Causa Del Negocio Jurídico. (Construcciones Doctrinales)
Los derechos y obligaciones dimanantes de cualquier negocio jurídico deben de encontrar justificación y fundamento no sólo en la existencia de elementos negociales, sino sobre todo en el hecho de que el negocio se celebre por razones que el ordenamiento jurídico considere admisibles y dignas de protección. Estas razones, legal y doctrinalmente se identifican con la causa del negocio jurídico, el por qué y para qué que sirve de base al acto de autonomía privada.
La causa, siendo elemento negocial de gran calado, suscita, sin embargo, posiciones...
Causa Y Motivo
La insistencia en objetivizar la causa, en convertirla en la función socioeconómica del contrato o en el fin típico del negocio, desligándola de la causa de cada uno de los contratantes o de las partes del negocio, persigue dos finalidades fundamentales:
Rastrear la causa del negocio en su conjunto.
Independizar la causa negocial de los motivos, móviles o caprichos de las partes.
La existencia y validez del negocio no pueden quedar supeditadas a móviles o razones de carácter subjetivo que, por principio, son intrascendentes para el Derecho (que...
Inexistencia Y Vicios De La Causa
La causa ilícita: los motivos ilícitos y la causa en sentido subjetivo
El Código Civil español establece que “los contratos, sin causa o con causa ilícita no producen efecto alguno. Es ilícita la causa cuando se opone a las leyes o a la moral”.
La causa, entonces, no puede entenderse sólo y exclusivamente como fin típico de carácter objetivo o como objetiva función socioeconómica del tipo negocial utilizado por las partes, sino como algo más.
La función o el fin del tipo negocial, abstractamente considerados, no excluyen de forma necesaria la...
Negocios Causales y Negocios Abstractos
Aunque algunos autores han pretendido incorporar o importar del Derecho alemán la categoría de los negocios abstractos, el sistema positivo español impide la admisibilidad de los mismos, es decir de negocios que produzcan efectos por la mera voluntad de las partes y con independencia del elemento causal.
Nuestro Derecho es abiertamente causalista y requiere la existencia de dicho elemento. Tan es así que el Código Civil dispone que “aunque la causa no se exprese en el contrato, se presume que existe y que es lícita mientras el deudor no pruebe...
Forma Del Negocio Y Medios De Expresión De La Voluntad
Todo negocio jurídico tiene que asumir una forma determinada que le permita ser identificado e individualizado. La forma consistirá a veces en un documento (público o privado), otras en un mero acuerdo verbal, en un anuncio en el periódico de una oferta de recompensa a quien encuentre una cosa concreta. Técnicamente, sin embargo, es necesario contraponer forma, en sentido general, a “formalidad”, entendida como una forma especialmente cualificada impuesta por las normas imperativas para que pueda afirmarse la validez y eficacia del negocio jurídico....
Concepto De Forma En Sentido Estricto
Forma equivale a medio de exteriorización de la voluntad (escritura, palabra, conducta) y representa el tránsito de la intimidad subjetiva (querer interno) a la exteriorización objetiva. En un sentido más técnico y preciso, el concepto de forma hace referencia a un medio concreto y determinado que el ordenamiento jurídico o la voluntad de los particulares exige para la exteriorización de la voluntad. La eficacia negocial se hace depender en estos casos de la observancia de ciertas formas que son las únicas admitidas como modo de expresión de esa...
Principios De Derecho Español En Materia De Forma Negocial: Formalismo Y Principio Espiritualista
Los principios cardinales del Código Civil respecto la forma son:
En los negocios jurídicos patrimoniales originadores de los derechos reales y de obligaciones, el principio acogido por el Código Civil es el de libertad de forma. Refiriéndose al contrato, éstos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez. Esta obligatoriedad no está enturbiada porque la ley exija el otorgamiento de una forma especial, el negocio es obligatorio para las partes,...
Funciones Y Trascendencia De La Forma Negocial
La eficacia negocial se hace depender en estos casos de la observancia de ciertas formas que son las únicas admitidas como modo de expresión de esa voluntad.
Se puede separar la voluntad y su expresión del medio predeterminado por la ley, pero ésta nos impedirá la disociación ya que no hay voluntad sin forma.
Estas consecuencias jurídicas son la máxima expresión de la dependencia entre forma y negocio jurídico, pero no las únicas. La ley puede exigir la forma para otras finalidades distintas como para que el negocio sea oponible a terceros, para...
Discrepancia Entre La Voluntad Y La Declaración: La Voluntad Oculta O No Declarada.
La voluntad negocial ha de ser libre y conscientemente formada. Por tanto, cuando su formación se ha visto impregnada por factores externos al sujeto declarante de semejante libertad y consciencia, se afirma que la voluntad está viciada.
Conforme a la enseñanza clásica los vicios de la voluntad son el error, la violencia, la intimidación y el dolo. Nuestro Código Civil los considera fundamentalmente con sede en contratos, pero también se les tendrá que considerar respecto a la categoría del negocio jurídico.
Además de la voluntad viciada, es...
El Error Como Vicio De La Voluntad O Error Propio
El Código Civil no ofrece una definición del error en cuanto vicio de la voluntad, cuestión que es abordada sistemáticamente en relación con los contratos. Omite la definición, sencillamente, porque en el artículo 1.266 el término error tiene la significación usual o convencional: equivocación, falsa representación mental de algo.
Ahora bien, ya se comprenderá que la validez y eficacia de los negocios jurídicos no puede quedar sometida a las alegaciones de las partes de haberse equivocado sin más. Por ello, lo que sí regula son los requisitos...
La Violencia Y La Intimidación
Los negocios jurídicos celebrados bajo violencia física absoluta o bajo intimidación serán anulables, puesto que en el primer caso realmente no hay voluntad, mientras que en el segundo ésta se encuentra sólo viciada.
Este mandato es criticado ya que se considera que los contratos celebrados bajo violencia absoluta deberían ser nulos de pleno derecho por inexistencia de voluntad y ser ésta el elemento esencial del negocio jurídico.
La violencia y la intimidación pueden ser causadas tanto por la otra parte contratante como por un tercero que no intervenga...
El Dolo
Noción y requisitos
Actuar dolosamente (con dolo) significa tanto como hacerlo malévola o maliciosamente, ya sea para captar la voluntad de otro, ya sea incumpliendo consciente y deliberadamente la obligación que se tiene contraída. Aquí nos vamos a referir al dolo como vicio de la voluntad, consistente en inducir a otro a celebrar un negocio jurídico mediante engaño o malas artes.
Afirma el Código Civil que “hay dolo cuando, con palabras o maquinaciones insidiosas de parte de uno de los contratantes, es inducido el otro a celebrar un contrato...
La Voluntad Negocial Y Su Exteriorización
Voluntad y declaración de voluntad: su valor en Derecho Civil
El punto de partida del negocio jurídico consiste en la declaración de voluntad en cuya virtud una o varias personas quedan sometidas a las obligaciones dimanantes de su propio sometimiento a la regla de autonomía privada, según la clase de negocio jurídico de que se trate. Consiguientemente, la voluntad negocial debe ser exteriorizada y no una mera decisión personal asumida. Mientras esa voluntad permanezca interiorizada no puede producir consecuencias jurídicas.
De otra parte, dado...
Los Medios Y Clases De Declaración De Voluntad
La voluntad negocial puede manifestarse o exteriorizarse de muy diversas formas, en dependencia de las propias circunstancias del sujeto y del tipo de negocio de que se trate. Sintetizando el sentir doctrinal común: la declaración de voluntad, expresada en cualquier forma, es válida y legítima para el ejercicio de los derechos que de la misma se deriven.
Puede en efecto exteriorizarse la voluntad negocial oralmente o por escrito, mediante carta o a través de publicidad; en documento público o mediante declaración unilateral ante cualquier autoridad,...
El Valor Respectivo De La Voluntad Y Su Declaración
Cuando la voluntad interna no coincida con las declaradas habrá que decidir cuál de las dos es la que debe prevalecer.
Según la concepción subjetiva, encabezada por Savigny, habrá que atender siempre a la voluntad interna. Para la concepción objetiva, a la declaración puesto que la voluntad interna es algo remoto y desconocido y en el tráfico la declaración es lo único que puede y debe tenerse en cuenta.
Tanto una como otra concepción llegan a resultados injustos. La teoría volitiva debe negar todo valor a las expectativas o a la confianza que...
La Interpretación Del Negocio Jurídico
Interpretación, calificación e integración del negocio
La ejecución del negocio (esto, llevar a la práctica el conjunto de derechos y obligaciones de las partes) no es siempre pacífica, sino que frecuentemente se plantean problemas de carácter imperativo sobre la significación de la voluntad de los sujetos del negocio jurídico.
La actividad interpretativa equivale a desentrañar o averiguar el significado, alcance o sentido de algo: norma jurídica propiamente dicha o negocio jurídico. Ahora bien, la exacta determinación del contenido del negocio...
Hechos Y Actos Jurídicos
La relación jurídica puede nacer a consecuencia del acaecimiento de un simple hecho, en virtud de un acto humano o como derivación de un acuerdo o pacto celebrado entre personas con capacidad suficiente para obligarse a prestar u observar una determinada conducta.
Por supuesto, no todos los hechos de la naturaleza son trascendentes para el Derecho. Sin embargo, son numerosos los hechos que acaecidos sin dependencia alguna de la voluntad de las personas, tienen consecuencias jurídicas. Su mera producción genera derechos u obligaciones hasta entonces...
El Principio De Autonomía Privada. Ámbito Y Límites De La Misma
En teoría, la norma jurídica funcionaría como un sencillo silogismo, en cuya virtud si se produce el evento X se generarán los efectos án los efectos Y. Dicho de otra manera, las consecuencias jurídicas de cualquier hecho o acto se encontrarían predeterminadas por el Derecho positivo de tal manera que incluso en relación a los actos humanos conscientes y voluntarios, la libertad o albedrío de la persona quedaría limitada a la decisión de realizar o no el acto que representa el supuesto de hecho típico de la norma jurídica aplicable.
Semejante...