Resumen

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El contenido de esta sección puede concentrarse en los siguientes puntos:
  1. La relación de interdependencia que existe entre los tres conceptos analizados en este tema: antijuridicidad o ilicitud jurídica, responsabilidad y sanción.
  2. La ilicitud jurídica consiste en el incumplimiento de las normas de cualquier sector del ordenamiento jurídico.
  3. Esa ilicitud vendrá fundamentada, de acuerdo con el iusnaturalismo, en un ordenamiento distinto del Derecho positivo. Desde la óptica normativista, la ilicitud es la condición de aplicación de la sanción.
  4. Un individuo es responsable jurídicamente cuando, según el ordenamiento jurídico, deba aplicarse al individuo una sanción, independientemente de que, de hecho, se le aplique.
  5. Diferentes clases de responsabilidad jurídica: directa e indirecta, subjetiva y objetiva.
  6. Distinción entre los dos conceptos jurídicos de sanción: como refrendo del Rey y como mecanismo incorporado por el Derecho para evitar su incumplimiento.
  7. La sanción es un efecto derivado, secundario y no deseado del Derecho.
  8. La concepción de la sanción jurídica desde la perspectiva normativista, como condición o presupuesto del acto jurídicamente ilícito.


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