Voluntad y declaración de voluntad: su valor en Derecho Civil
El punto de partida del negocio jurídico consiste en la declaración de voluntad en cuya virtud una o varias personas quedan sometidas a las obligaciones dimanantes de su propio sometimiento a la regla de autonomía privada, según la clase de negocio jurídico de que se trate. Consiguientemente, la voluntad negocial debe ser exteriorizada y no una mera decisión personal asumida. Mientras esa voluntad permanezca interiorizada no puede producir consecuencias jurídicas.
De otra parte, dado...
Los Medios Y Clases De Declaración De Voluntad
La voluntad negocial puede manifestarse o exteriorizarse de muy diversas formas, en dependencia de las propias circunstancias del sujeto y del tipo de negocio de que se trate. Sintetizando el sentir doctrinal común: la declaración de voluntad, expresada en cualquier forma, es válida y legítima para el ejercicio de los derechos que de la misma se deriven.
Puede en efecto exteriorizarse la voluntad negocial oralmente o por escrito, mediante carta o a través de publicidad; en documento público o mediante declaración unilateral ante cualquier autoridad,...
El Valor Respectivo De La Voluntad Y Su Declaración
Cuando la voluntad interna no coincida con las declaradas habrá que decidir cuál de las dos es la que debe prevalecer.
Según la concepción subjetiva, encabezada por Savigny, habrá que atender siempre a la voluntad interna. Para la concepción objetiva, a la declaración puesto que la voluntad interna es algo remoto y desconocido y en el tráfico la declaración es lo único que puede y debe tenerse en cuenta.
Tanto una como otra concepción llegan a resultados injustos. La teoría volitiva debe negar todo valor a las expectativas o a la confianza que...
La Interpretación Del Negocio Jurídico
Interpretación, calificación e integración del negocio
La ejecución del negocio (esto, llevar a la práctica el conjunto de derechos y obligaciones de las partes) no es siempre pacífica, sino que frecuentemente se plantean problemas de carácter imperativo sobre la significación de la voluntad de los sujetos del negocio jurídico.
La actividad interpretativa equivale a desentrañar o averiguar el significado, alcance o sentido de algo: norma jurídica propiamente dicha o negocio jurídico. Ahora bien, la exacta determinación del contenido del negocio...
Hechos Y Actos Jurídicos
La relación jurídica puede nacer a consecuencia del acaecimiento de un simple hecho, en virtud de un acto humano o como derivación de un acuerdo o pacto celebrado entre personas con capacidad suficiente para obligarse a prestar u observar una determinada conducta.
Por supuesto, no todos los hechos de la naturaleza son trascendentes para el Derecho. Sin embargo, son numerosos los hechos que acaecidos sin dependencia alguna de la voluntad de las personas, tienen consecuencias jurídicas. Su mera producción genera derechos u obligaciones hasta entonces...
El Principio De Autonomía Privada. Ámbito Y Límites De La Misma
En teoría, la norma jurídica funcionaría como un sencillo silogismo, en cuya virtud si se produce el evento X se generarán los efectos án los efectos Y. Dicho de otra manera, las consecuencias jurídicas de cualquier hecho o acto se encontrarían predeterminadas por el Derecho positivo de tal manera que incluso en relación a los actos humanos conscientes y voluntarios, la libertad o albedrío de la persona quedaría limitada a la decisión de realizar o no el acto que representa el supuesto de hecho típico de la norma jurídica aplicable.
Semejante...
El Negocio Jurídico
Introducción: la categoría conceptual del negocio jurídico
El negocio jurídico es la manifestación de voluntad que tiende a producir efectos jurídicos consistentes en la adquisición, modificación o extinción de un derecho subjetivo. Con él se trata de englobar en una figura unitaria todos aquellos hechos o supuestos en los cuales el papel de la voluntad individual es relevante y en cierta medida condiciona y determina los efectos jurídicos que los actos del hombre van a producir. Es una figura jurídica que trata de englobar los contratos, testamentos...
Elementos Del Negocio Jurídico. Estructura
La tradición escolástica afirma la existencia de tres tipos diversos de elementos en los negocios jurídicos:
Elementos esenciales: como su propia denominación sugiere, serían aquellos que, de forma necesaria e inderogable para el sujeto o las partes, deben integrar el negocio jurídico para que se considere válido y eficaz. Estos elementos serían: la voluntad o el consentimiento de crear un determinado negocio; la causa, forma y el objeto (sobre estos tres últimos elementos hay discusiones profundas y variadas).
Elementos naturales: circunstancias,...
Negocio Y Relación Negocial
El negocio considerado como acto y también como regla incide sobre una situación jurídica. Es la situación o estado en que se encuentra el autor del negocio y la situación o el estado en que a su vez se encuentran otras personas. Si dichas situaciones se conectan entre sí puede hablarse de relación jurídica. El negocio incide sobre una relación jurídica a la que se puede llamar “relación negocial”.
La relación negocial no puede confundirse con el negocio. El negocio es un acto y la relación una situación, puede que existiese antes de realizarse...
Clasificación De Los Negocios Jurídicos
Negocios inter vivos y negocios mortis causa
Son negocios mortis causa los que tienen por objeto regular las relaciones jurídicas de una persona para después de su fallecimiento (el testamento). Estos generalmente son unilaterales y, por tanto, revocables mientras no se produzca el fallecimiento de la persona que los crea.
Por contraposición, son negocios inter vivos los que regulan las relaciones jurídicas de una persona, dos o más, durante su vida (todos los contratos).
Negocios personales y negocios patrimoniales
Atiende esta división a...
El Objeto De La Relación Jurídica
Ideas generales
Las relaciones jurídicas tienden por lo general a conseguir ora una cosa determinada, ora la prestación de una conducta concreta por parte de cualquier persona. Se habla del objeto de la relación jurídica para poner de manifiesto que cuando los sujetos de derecho se relacionan unos con otros el fin por ellos perseguido pueden identificarse con el elemento objetivo de la relación entablada.
Dicho elemento objetivo consiste en gran cantidad de casos en alguno de los bienes objeto de tráfico económico necesarios o convenientes para...
La Distinción Entre Bienes Muebles Y Bienes Inmuebles
De todas las clasificaciones de las cosas, la división entre los bienes muebles e inmuebles es, sin duda alguna, la más importante, pues el régimen jurídico de unos y otros es diverso desde muy antiguo. El Código Civil le dedica el primero de los artículos del Título II “De los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones”. En él se establece que “todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación se consideran como bienes muebles o inmuebles” (artículo 333), subrayando así que el jurista debe determinar en primer lugar la naturaleza...
Otras Cualidades De Las Cosas: Consumibilidad, Fungibilidad, Divisibilidad
Cosas consumibles e inconsumibles
Conforme al artículo 337 del Código Civil, se han de considerar consumibles “aquellos (bienes) de que no puede hacerse uso adecuado a su naturaleza sin que se consuman”. Salvando el escollo de incorporar lo definido a la definición, cabe afirmar que son cosas consumibles las que, utilizadas conforme a su destino, desaparecen de la esfera jurídica de la persona que las usa, ya sea porque al hacerlo se agotan o destruyen, o, sencillamente, porque se pierde la disponibilidad de ellas, aunque materialmente sigan...
Clases De Cosas Con Relación A Sus Partes O Con Otras Cosas
Cosas simples y compuestas
Partiendo del hecho de que, salvo en rarísimas excepciones, todas las cosas se componen de diversos elementos, la frontera divisoria generalmente aceptada para mantener doctrinalmente esta clasificación, estriba en la “separabilidad” o “inseparabilidad” de sus diversos elementos o componentes. En dicha línea, suele afirmarse que son cosas simples aquellas que, una vez formadas, natural o artificialmente, traen consigo una unidad inescindible, dada la imposibilidad de fragmentar los diversos elementos de la cosa sin...
Los Bienes De Dominio Público
Tradicionalmente, la supremacía de la propiedad privada no ha impedido la existencia de una serie de bienes que, por su peculiar importancia y por estar destinados al uso común o a un servicio público, han sido excluidos de la “mano privada” quedando sometidos a un régimen especial denominado genéricamente dominio público.
Según el artículo 338 del Código Civil, son bienes de dominio público:
Los destinados al uso público, como caminos, canales, ríos, torrentes, puertos y puentes construidos por el Estado, las riberas, playas y análogos.
Los...
Identidad Básica Del Régimen Jurídico De Los Bienes Demaniales Y Patrimoniales
Salvo excepciones no demasiado importantes, los bienes patrimoniales tampoco pueden ser objeto de embargo y la enajenación requiere autorización administrativa (del legislativo, Gobierno o Ministerio de Economía y Hacienda), además de estar sometida a determinadas garantías procedimentales, en particular la forma de subasta pública.
De tal manera que, abandonando criterios formales, puede indicarse la relativa proximidad funcional que existe entre la desafectación (para los bienes demaniales) y la autorización (para los bienes patrimoniales)
Finalmente...
Los Llamados Bienes Inmateriales
Se presenta como categoría distinta de las cosas y derechos. Hay supuestos en los que el hombre obtiene una utilidad que es apreciada y protegida por el Derecho de algo que ni es cosa material ni derecho. Por ejemplo de una obra literaria que crea, o de un invento industrial. En esta noción se incluyen gran número de bienes, objeto de regímenes jurídicos diversos y entre los que caben destacar:
Las obras del ingenio: Las creaciones de la inteligencia se plasman en realidades materiales (libro, máquina...) pero el derecho protege específicamente...
Los Frutos
Concepto
En términos jurídicos, el término fruto se extiende, en general, a todo rendimiento o producto que genera cualquier cosa, sin perder su propia individualidad y sustancia. Conforme a ello, puede hablarse de bienes fructíferos o no fructíferos, división que tiene un valor fundamentalmente descriptivo, pues el fondo del problema radica en determinar a quién corresponden los frutos de una cosa, siendo aceptado que los mismos corresponden al propietario de la cosa principal (o fructífera).
Clasificación de los frutos
Nuestro Código Civil...
La Noción Del Patrimonio
Con el término patrimonio solemos referirnos, en general, ala conjunto de bienes y de derechos, y en su caso de deudas, de una persona, o sencillamente, al conjunto de derechos de los que es titular una misma persona.
En términos coloquiales y desde el punto económico, se entiende por Patrimonio el conjunto de bienes económicamente evaluables que pertenece a una determinada persona.
Sin embargo, para la mayoría de juristas, la expresión patrimonio no debe referirse a los bienes o cosas en sí mismas consideradas sino sólo a los derechos que sobre...
Caracteres Del Patrimonio
El patrimonio presenta los siguientes caracteres:
LEGALIDAD
El patrimonio es una creación del Derecho objetivo. Sólo él autoriza en ciertos casos a considerar unitariamente un conjunto de relaciones jurídicas activas y pasivas, lo que alcanza especial importancia cuando ese conjunto aparece independizado del patrimonio personal. Dentro de este último patrimonio no cabe la creación por voluntad de su titular de otros varios y distintos con relevancia jurídica. Podrá contar con un patrimonio inmobiliario y con otro mobiliario, pero sólo a efectos...
Los Elementos Patrimoniales Y Su Función
Los bienes y los derechos
El concepto de patrimonio no debe restringirse al conjunto de derechos subjetivos de contenido económico de las personas, sino que deben considerase integrados también dentro del concepto los propios bienes sobre los que recaen tales derechos.
En los derechos de crédito la valoración económica de ellos se encuentra incorporada al propio derecho, en unidades monetarias concretas, que al ser unidades de valor general, permiten que la utilidad patrimonial se deduzca del propio derecho, al menos en términos teóricos y teniendo...
Los Tipos De Patrimonio
Patrimonio personal. El patrimonio como emanación de la personalidad
En el siglo XIX se populariza la teoría de que toda persona tiene un patrimonio y que todo patrimonio requiere la existencia de un titular, lo que permite hablar de patrimonio personal o general de la persona. Así el patrimonio personal es el conjunto de bienes y derechos de cualquier persona (o, mejor de toda persona) por el mero hecho de serlo, sin requerirle atributo complementario alguno. La posición de estos autores es conocida como la teoría clásica (o, también, personalista...
Nociones Introductorias
La fundación es la persona jurídica de sustrato patrimonial por excelencia: una vez constituida no importa en ella tanto la persona del fundador cuanto el conjunto de bienes (patrimonio) que éste separa o individualiza para atender a un fin determinado. Consiguientemente, puede caracterizarse la fundación como la personificación de un patrimonio establemente adscrito a un fin de carácter general.
El Código Civil dedica escasa atención a las fundaciones, limitándose prácticamente a mencionarlas (artículo 35.1 ) y señalar unos cuantos extremos:
Que...
Sentido De La Atribución De Personalidad Jurídica A Las Fundaciones; Vinculación Del Dominio Y Personalidad Jurídica
La persona jurídica que se denomina fundación nace a la vida jurídica cuando la persona o personas con capacidad para fundar realizan el negocio fundacional en la forma y con los requisitos exigidos por la ley 30/1994, y se inscribe en el Registro de Fundaciones la escritura pública que es la forma requerida imperativamente, para recoger aquel negocio.
El principio general es el de que pueden constituir fundaciones tanto las personas físicas como las jurídicas sean públicas o privadas. Las personas físicas requerirán la capacidad general de obrar...
¿Admisibilidad De Las Fundaciones Familiares?
Los fines que ha de cumplir la fundación necesariamente tienen que ser de interés general lo que se identifica sólo con la beneficencia, es decir el socorro del necesitado. El interés general es un interés que beneficia a toda la sociedad: asistencia social, fines cívicos, culturales, científicos... Como consecuencia de ello la finalidad fundacional debe beneficiar a colectividades genéricas de personas, colectividades que poseen un rasgo común: pobres, estudiantes, víctimas del terrorismo... cuyo beneficio representa la satisfacción de un interés...
Tipos De Fundaciones Y Legislación Aplicable
Hasta la publicación de ley 30/94, de 24 de noviembre, de fundaciones y de incentivos fiscales a la participación privada en actividades de interés general, nuestro Derecho vigente reconocía tres tipos fundamentales de fundaciones: las benéficas, las laborales y las culturales.
Las fundaciones benéficas
Las fundaciones benéficas, tradicionalmente denominadas de beneficiencia particular, son las más antiguas y, hasta nuestros días, las de mayor raigambre social.
El Real Decreto de 1899 las identificaba en cuanto fundaciones “permanentes dedicadas...